El toque de queda, establecido por instituciones gubernamentales, es la restricción o prohibición de circular libremente por las calles de una ciudad o permanecer en lugares públicos. El mismo puede abarcar horarios nocturnos, así como el resto del día, dependiendo de las circunstancia.

El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, anunció a través de una rueda de prensa desde el Palacio Nacional, que a partir del lunes 11 de octubre el Gobierno no solicitará ante el Congreso Nacional otro estado de emergencia, lo que conlleva, la eliminación del toque de queda en el territorio nacional. De igual forma, dejó establecido el uso obligatorio de las mascarillas y el distanciamiento físico. Las autoridades correspondiente tomarán medidas según recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para contrarrestar el virus del Covid-19.

Cabe destacar, que a través del decreto 477-21, el presidente Luis Abinader había establecido que las provincias con al menos el 70% de su población vacunadas con dos dosis quedarán libre del toque de queda, por lo que a partir de éste lunes 9 de agosto  El Gran Santo Domingo y La Altagracia estarán sin toque de queda por haber cumplido con lo establecido en el decreto.

Para las demás provincias el Toque de Queda continuará desde las 11:00 pm hasta las 5:00 am, con libre tránsito hasta la 1:00 AM.

Sin embargo, continuan las medidas primordiales de protección para evitar la propagación del Coronavirus, como el uso de mascarillas en lugares públicos y privado. Además se prohíbe la venta y consumo de bebida alcohólicas todos los días en horario de 12:00 de la noche y hasta las 5:00 de la mañana. También se necesitará una autorización para la celebraciones de actividades que impliquen aglomeraciones.

A partir de ese momento, irán abriendo y eliminando toque de queda en las provincias que tenga al menos el 70% de su población vacunada con las dos dosis. Recordando que el mismo podrá variar dependiendo de los aumentos de contagios por Covid-2019.

Plan de Flexibilización de las Medidas Restrictivas por el COVID-19

Fase 1 de Toque de Queda
Lunes a viernes 10:00 pm – Libre tránsito hasta las 12:00 am.
Sábado y domingo 7:00 pm – Libre tránsito hasta las 9:00 pm

Fase 2 Toque de Queda 
Lunes a viernes 11:00 pm – Libre tránsito hasta la 1:00 am
Sábado y domingo 9:00 pm – Libre tránsito hasta las 11:00 pm

Fase 3 Toque de Queda (Vigente))
Lunes a domingo 11:00 pm – Libre tránsito hasta la 1:00 am


Primer Toque de Queda en RD por Covid-19 (del 20 de marzo al 3 de abril)

Debido al aumento de contagiados por el Coronavirus en la República Dominicana, el 17 de marzo Danilo Medina declaró el país en estado de emergencia; posteriormente, el 20 del mismo mes, a través del decreto 135-20, estableció un toque de queda nocturno en todo el territorio nacional que prohibía el libre tránsito y la circulación de personas desde las 8:00 de la noche hasta las 6:00 de la mañana durante 15 días.

Por el incumplimiento del decreto de toque de queda, en la primera noche fueron detenidos 1,714 ciudadanos y la segunda noche arrestaron a 2,102 personas más.

Excepciones del Toque de Queda
Quedaron excluidos del toque de queda las personas dedicadas a los servicios de salud, tales como médicos, enfermeras, bioanalistas y personal médico.

El decreto también indicó que quedan exceptuados las personas con alguna emergencia médica que necesite dirigirse a un centro de salud, las personas dedicadas a seguridad privada debidamente identificadas y los miembros de la prensa y medios de comunicación que se encuentren debidamente acreditados. Igualmente el personal de empresas distribuidoras de electricidad.



Extienden Estado de Emergencia por 45 Días más

A través del decreto 417-21 el presidente Luis Abinader dispuso una nueva extensión del Estado de Emergencia por 45 días más en todo el territorio nacional. El mismo entra en vigencia a partir del 14 de julio y culminará a finales del mes de agosto del año en curso.

La extensión se hace vigente en virtud de las autorizaciones otorgadas por el Congreso Nacional mediante las resoluciones No. 70-20 y 11-21.

Recordamos que mediante el decreto 265-20, el 20 de julio del 2020, fue declarado el primer estado de emergencia en República Dominicana por el Covid-2019.

¿Qué es el Estado de Emergencia?
Es un régimen de excepción que dicta el gobierno de un país en situaciones excepcionales, generalmente, en caso de perturbación de la paz o del orden interno de un Estado, ya sea a consecuencia de catástrofes, brotes de enfermedades contagiosas (como el actual caso del COVID-2019), graves circunstancias políticas o civiles que afectan e impiden la vida normal de una comunidad, región o país.

Hasta el momento, el Distrito Nacional, Santo Domingo, Santiago, San Francisco de Macorís y La Vega son las provincias más afectadas por el COVID-19 de acuerdo con los boletines que realiza el Ministerio de Salud Pública diariamente.