La Administradora de Riesgos Laborales Salud Segura (ARLSS), es una institución de servicios de la República Dominicana que vela por la prevención de accidentes laborales en el país, así como por el correcto cumplimiento y cobertura del Seguro de Riesgos Laborales.

Esta institución tiene la misión de garantizar a cada uno de sus beneficiarios del Seguro de Riesgos Laboral, la calidad de un sistema de prevención, prestaciones laborales, así como de salud.

Se considera un accidente laboral aquel ocurrido en el mismo o el accidente de tránsito producido en la ruta de la casa al trabajo o del trabajo a la casa en una ruta y tiempo determinado.

Datos Históricos

La historia que da paso a la creación de esta institución, se remonta al 1946 cuando los trabajadores dominicanos estaban en condiciones laborales infrahumanas. En enero del mismo año y de la mano de Báez y Núñez, los obreros azucareros de La Romana y San Pedro de Macorís se declaran en huelga por un salario justo.

Estas quejas llevaron a la formación del Congreso Obrero Nacional organizado por la Confederación Dominicana del Trabajo (CDT), el 24 del septiembre, logrando reducir a ocho horas las jornadas de trabajo.

Luego, Rafael Leonidas Trujillo crea en el supuesto beneficio de los trabajadores, las leyes No. 1376 del 17 de marzo de 1947 y la No. 2920 del 11 de junio de 1951, que dan lugar a la creación de la Caja Dominicana de Seguros Sociales y al Código Trujillo del Trabajo, respectivamente, con el propósito de cubrir los riesgos de enfermedad, maternidad, invalidez, vejez y muerte del trabajador dominicano. En 1962 pasa a llamarse Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS).

El 9 de mayo del 2001 se promulgó la Ley 87-01 que crea el nuevo Sistema Dominicano de Seguridad Social, esta ley fundamentalmente ofrece cobertura total de servicios de salud y pensiones a todos los trabajadores dominicanos. Dentro del ámbito de la ley 87-01, se crea la Administradora de Riesgos de Laborales Salud Segura (ARLSS), para seguir ofertando estos servicios a sus afiliados y sus dependientes.

Cobertura y Prestaciones Garantizadas

1.- Prestaciones en Especie: se otorgan a través de la red de prestadores de servicios de salud (PSS) contratadas por la administradora de riegos laborales.

* Emergencia.
* Consulta médica general y especializada.
* Hospitalización.
* Cirugías.
* Medicamentos ambulatorios y en hospitalización.
* Atenciones odontológicas.
* Aparatos ortopédicos.
* Prótesis.

Estos son solo algunos de las prestaciones especiales que garantiza la Administradora de Riesgos Laborales

2.- Prestaciones Económicas: Se otorgan en las oficinas de la ARLSS.

* Subsidio por discapacidad temporal.
* Subsidio por incapacidad permanente.
* Pensión por discapacidad permanente.
* Pensión de sobrevivencia.

Los Beneficiarios del Seguro de Riesgos Laborales

* El (la) afiliado (a).
* Los dependientes señalados a continuación, en caso de pensión de sobre vivencia.
* La (el) esposa (o) del afiliado (a) y del (a) pensionado (a) o a falta de éste (a) la (el) compañera (o) de vida con quien haya mantenido una vida marital durante los tres años anteriores a su inscripción o haya procreado hijos, siempre que ambos no tengan impedimento legal para el matrimonio.
* Los hijos menores de 18 años del afiliado.
* Los hijos menores de 21 años del afiliado que sean estudiantes.
* Los hijos discapacitados, independientemente de su edad, que dependan del afiliado o del pensionado.

Procedimiento para reportar un Accidente de Trabajo

– Llenar correctamente el Formulario FO-SC-002, firmado y sellado por el encargado de recursos humanos y/o jefe inmediato.

– Anexar certificado médico original; acta policial, cuando el accidente es en trayecto; fotocopia de la cédula de identidad y electoral, y depositar este expediente en la Administradora de Riegos Laborales (ARLSS).

Solicitud de Servicios a la ARLSS

Para acceder a los servicios ofrecidos por la sub dirección de Prevención al teléfono: (809)-563-2757 Ext.: 2401 / 2402 / 2403.
Dirección: Calle 43, No. 18 Esq. Rafael Fernández Domínguez, Ensanche La Fé, Santo Domingo.
Horario: Lunes a Jueves de 8:00 AM a 5:00 PM / Viernes de 8:00 AM a 4:00 PM.